Protección de los extranjeros
Este fragmento relativo a los extranjeros interrumpe la ilación natural entre el versículo 21 de este capítulo y el primero del siguiente. Muchos críticos lo consideran adición posterior en tiempos en que el universalismo religioso tenía más cabida en la mentalidad israelita, como se refleja en el libro de Joñas y en el de Job. Sin embargo, ya en la tradición mosaica había una ley que protegía a los extranjeros. Así se dice en el Levítico: “Si viene un extranjero para habitar en vuestra tierra, no le oprimáis; tratad al extranjero que habita en medio de vosotros como al indígena de entre vosotros: amale como a ti mismo, porque extranjeros fuisteis en la tierra de Egipto”. La recomendación no puede ser más bella y generosa. Esta tenue tradición universalista existió en toda la historia de Israel y fue creciendo en los años de la literatura sapiencial después del exilio.
