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2 de Crónicas 19: El profeta Jehú amonesta a Josafat

Contrario a la reacción de su padre Asa, Josafat tomó en serio el mensaje del Señor, arrepintiéndose y acelerando el programa de reformas en Judá y en Benjamín. Continuó guiando al pueblo en los caminos de Dios, desde Beerseba hasta la región montañosa de Efraín, los límites norte y sur de su reino.

Luego de establecer jueces en la tierra, Josafat les hizo saber que no juzgaban en lugar del hombre, sino en lugar de Jehová. Un buen gobierno se desprende de una entrega total al servicio de Dios, al decirles: Ahora pues, que el temor de Jehová esté en vosotros. En el código de la administración de la justicia, según el modelo de Dios, no es posible que haya acepción de personas.

El método que seguiría el sistema judicial en su reino tendría tres orientaciones: Primera, una buena enseñanza de las leyes de Jehová o ley mosaica; segunda, el establecimiento de cortes distritales en ciudades estratégicas, según la ley mosaica; tercera, el nombramiento de una corte de apelaciones en Jerusalén, para decidir sobre casos difíciles. El buen juez tendría no solamente que dictar sentencia en pleno ejercicio de la justicia, sino también que advertirles a fin de que no pecaran contra Jehová; así los jueces daban indicación de que ellos mismos se encontraban bajo el escrutinio de Dios.

Según el Pentateuco, las leyes civiles y religiosas, ceremoniales o morales se interponían sin distinción. Entre los primeros profetas como Samuel, se insistía en algunas prioridades fundamentales. El profeta preguntó: ¿Se complace tanto Jehová en los holocaustos y en los sacrificios como en que la palabra de Jehová sea obedecida? Ya a mediados del noveno siglo, era necesario hacer una distinción entre los asuntos relacionados con el Señor y los asuntos que tenían que ver con el rey. En el sistema judicial que acababa de ser implantado, los levitas servían como oficiales.

Verdades prácticas  Una justicia administrada al amparo del temor de Dios, adquiere una garantía de equidad, de la cual carece, de principio, aquella donde Dios, Juez Supremo, está ausente. Incontables casos avalan esta aserción. De ahí que los profesionales del ramo —abogados, procuradores, jueces— tengan, en general, mala prensa.

Tomás de Aquino sostiene que al que se dedica a la abogacía debe acompañarle estas cualidades: caridad hacia los litigantes, diligencia, sabiduría, no manifestar avaricia y no aceptar defender más que las causas justas. Aunque ésta última cualidad está sujeta de principio a análisis, se puede respaldar el pensamiento del preclaro teólogo.
La iniciativa de Josafat, de poner “jueces en todas las ciudades” y su clara concepción de que la justicia sea ejercida bajo el control divino, muestra el grado de su fidelidad a Dios.

Es en este pasaje donde, por vez primera, se hace distinción entre la ley religiosa y la civil, ya que, hasta entonces han caminado juntas.

Este principio de justicia habrá de impregnar en todo momento la relación de los creyentes con su mundo, sin olvidar, naturalmente, la iglesia, terreno que ofrece continuamente oportunidades para el ejercicio de los justos.

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